La Cámara de Casación Federal, con los votos de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, anuló la causa que investigó el uso de aviones oficiales de la flota presidencial para transportar muebles y otros objetos para ser usados en la casa y también en los hoteles de la familia Kirchner durante la presidencia de Cristina Kirchner.
La decisión de los jueces de la Casación se basó en que el juez de primera instancia, el fallecido Claudio Bonadio, no actuó con la suficiente imparcialidad, ya que también fue uno de los denunciantes de esas irregularidades.
Con este fallo, la investigación deberá volver a la primera instancia, y el juez federal Sebastián Casanello deberá determinar cómo sigue la causa.
En septiembre del año pasado la Sala I de la Cámara federal porteña había confirmado por unanimidad el procesamiento por peculado contra Cristina Kirchner por haber utilizado aviones de la flota presidencial, cuando era presidenta, para el traslado de muebles para sus hoteles en El Calafate.
En aquella ocasión los magistrados habían remarcaron que la vice «utilizó en provecho propio un servicio pagado por la administración pública».
Como la decisión fue apelada por el abogado de la vicepresidenta, intervino la Cámara de Casación en el caso y analizó las acusaciones que pesaban sobre ella.
Los camaristas Alejandro Slokar y Ángela Ledesma entendieron que «no puede omitirse que el incumplimiento de apartarse por parte del juez denunciante (en su momento fue Bonadio) vio comprometer irremediablemente el deber de imparcialidad, condición indispensable para asegurar un proceso debido, a la par que atributo esencial de la función a fin de procurar la confianza ciudadana en el Poder Judicial».
En definitiva, señalaron los magistrados en la resolución a la que accedió Clarín, «es en virtud del quebrantamiento a una garantía básica que afecta al orden justo, que debe fulminarse con la sanción de nulidad todo lo actuado por el juez denunciante y a la vez instructor en la causa».
De esta manera quedó anulado el procesamiento en contra de Cristina Kirchner en este expediente conexo al conocido como los Cuadernos de las Coimas.
El expediente tuvo origen después de que el fallecido juez le tomó testimonio como arrepentido en el caso Cuadernos a Sergio «El Potro» Velázquez -ex piloto de la flota presidencial. Bonadi , con esas declaraciones, realizó lo que se conoce como «Extracción de testimonio» para que se dé inicio a una nueva causa.
La vicepresidenta sostuvo en su reclamo que Bonadio no debía investigar el caso sino que se tenía que sortear y quedar en manos de otro magistrado. En cambio, Bonadio se la quedó por una cuestión de conexidad.
Al analizar estos argumentos el año pasado, la Sala II de la Cámara de Casación integrada por los jueces Alejandro Slokar, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, le dieron la razón a la vicepresidenta. Por ese motivo ordenaron «anular la resolución por arbitrariedad», dejando sin vigencia el procesamiento por peculado.
Con la resolución anulada, la Cámara de Apelaciones volvió a revisar el caso. No sólo confirmó que el fallecido juez Bonadio intervino correctamente en el expediente, sino que volvieron a señalar que Cristina Kirchner era responsable del delito de peculado de uso, es decir, utilizó bienes del Estado para beneficio personal.
Así fue que los jueces Bertuzzi, Llorens y Bruglia en septiembre de 2020, coincidieron al confirmar que «hay elementos suficientes para corroborar que la ex Presidenta fue responsable del delito de peculado en carácter de partícipe», al haber «utilizado con fines indebidos los aviones asignados a la Agrupación Aérea presidencial».
Tras ese fallo, la vicepresidenta acudió nuevamente al máximo tribunal penal. Este martes dos de los jueces de dicha instancia, volvieron a darle la razón a la defensa a cargo de Carlos Beraldi respecto a este criterio, por ese motivo la investigación volverá a foja cero ahora en manos del juez Sebastián Casanello.
El voto en disidencia sobre esta postura fue del juez Guillermo Yacobucci quien sostuvo en sus argumentos que «no se advierte, ni la defensa logra demostrar, atisbo alguno que permita apartarse de ese principio», de imparcialidad, y recordó que el caso ya cuenta con «doble conformidad judicial, en tanto la cámara de apelaciones del fuero» confirmó las acusaciones del caso.
Respecto al pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones en septiembre del año pasado, en aquella oportunidad se dejó firme la acusación contra Cristina Kirchner como partícipe necesaria del delito peculado (es decir usar bienes del Estado para beneficio personal), al trasladar muebles al sur, de «el T- 01, 02, 03, a partir de 2012 T- 04, y el T-10 de la Fuerza Aérea Argentina».
Los integrantes de la Sala I de la Cámara Federal porteña, habían dado por corroborado que de 2003 a 2015 ese movimiento de aviones oficiales, habría costado unos 600.000 dólares al Estado.
«Los testimonios y las pruebas conforman un cuadro probatorio sólido y suficiente que, resultan suficientes para afirmar la utilización de los aviones pertenecientes a la flota presidencial, para fines privados y/o particulares, vinculados al traslado de muebles, artículos de decoración, cables y otros elementos, cuyo destino final era la ciudad de El Calafate, ciudad en la que se sitúan los hoteles de propiedad de la familia Kirchner», se dijo en aquella ocasión.
La acusación que recaía sobre la vice es que por su calidad de Jefe de Estado y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Cristina Kirchner «estaba por sobre cualquier autoridad para disponer de los bienes en cuestión. Tanto ella, como su familia, eran los beneficiarios directos de la utilización de los servicios pagados con el presupuesto nacional» ?y que tal comportamiento «permite tener por acreditados» los hechos investigados.
